Objeto del contrato. El cedente concede su autorización al cesionario para el uso de sus imágenes o contenido audiovisual, utilizando los medios técnicos conocidos y los que puedan conocerse en el futuro, y siempre con la finalidad descrita.
Regulación. El presente contrato se regula por lo establecido en el artículo 18 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 1/1982 sobre derecho al honor, el Real Decreto 1/1996 sobre Propiedad Intelectual y demás legislación pertinente.
Derechos y obligaciones. El cesionario tiene el derecho de utilizar el contenido audiovisual para el uso concedido, siempre con la obligación de respetar el derecho al honor.
Al firmar este contrato, actúo en mi nombre nombre y tengo suficiente capacidad legal para llevar a cabo el mismo, siendo responsable de la veracidad de los datos que aporto.
Firma*
He leído, entiendo y acepto el objeto de este contrato y reconozco ser mayor de edad a efectos legales en el momento de la firma.
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